Acta fundacional

Distinguido visitante,

permítame informarle, a continuación, sobre algunas cuestiones de su interés. Según recogen las actas de su fundación a fecha de 10 de Octubre de 2013:

Artículo 1. Con la denominación  ASOCIACIÓN ABUELOS CELTAS, se constituye una asociación al amparo  de  la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, y normas complementarias, con capacidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de ánimo de lucro.

Artículo 2. ASOCIACIÓN ABUELOS CELTAS es una asociación sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia. Esta asociación se constituye por tiempo indefinido. 

Artículo 3. La existencia de esta asociación tiene como fines:

  1. El establecimiento de un medio de transmisión inter-generacional del patrimonio cultural heredado.
  2. La colaboración entre los socios para la transmisión de los conocimientos y valores humanos del pueblo celta.
  3. Ofrecer a los mayores la oportunidad de conservar el interés por la vida y por el futuro manteniéndose activos física y mentalmente al servicio de las siguientes generaciones.
  4. Ofrecer a los jóvenes la oportunidad de aumentar su potencial humano a la vez que sirven a los demás socios, a la asociación y a la sociedad como un todo.
  5. Proporcionar a las personas de todas las edades la oportunidad de contribuir a mejorar el mundo actual en su ámbito, mediante la aportación de su actividad personal.
  6. Asociarse, federarse, cooperar y colaborar con entidades nacionales e internacionales con similares fines.
  7. Contribuir al cumplimiento o favorecimiento de los anteriores puntos y aquellos otros que acordare la Asociación previo el cumplimiento de los requisitos legales pertinentes.

Artículo 4. Para el cumplimiento de estos fines se realizarán las siguientes actividades:

  1. Difundir el legado de nuestros ancestros y mayores relacionados con el pueblo celta y su cultura, tanto en el ámbito nacional como internacional.
  2. Utilizar todos los medios de comunicación actuales y futuros para difundir los aspectos relevantes de la cultura celta y su pueblo.
  3. Mantener contactos y colaborar en el intercambio de ideas, conocimientos y experiencias  con asociaciones y entidades dedicadas a los mismos o similares fines en el ámbito nacional y mundial.
  4. Publicar y apoyar la publicación de revistas, libros, material audiovisual, páginas Web, material multimedia o de cualquier otro medio de comunicación que tienda a difundir las actividades y teorías en relación con la gestión del conocimiento sobre el pueblo celta.